Periodos de la historia del derecho

Períodos

Primer período: derechos primitivos
   Un primer período viene constituido por el conocimiento de los derechos primitivos, es decir, anteriores a la romanización jurídica, sobre los cuales no es posible sentar conclusiones ni numerosas ni definitivas, habida cuenta de la limitación de las fuentes de conocimiento existentes. (Fernández, 2012)

Segundo período: época romanizadora 
   Un segundo período (desde el siglo III a.C. hasta el V d.C.) lo constituye la época romanizadora, fase trascendental cuyos efectos, salvo momentos de oscuridad jurídica, se proyectan de manera más o menos sensible hasta nuestros días. En dicha etapa, un derecho técnico, acabado y culto se aplica en España, pero sin desplazar totalmente los derechos indígenas. (Fernández, 2012)

Tercer período: derecho visigodo
   La tercera etapa viene constituida por la presencia del derecho visigodo (siglos V a VIII), etapa que se configuraba bajo el signo de la continuidad del derecho anterior, aunque, por otra parte, posee también características propias. (Fernández, 2012)

Cuarto período: período de diferenciación jurídica
   El cuarto momento se centra cronológicamente entre los siglos VIII y XIII y puede calificarse de período de diferenciación jurídica. En él la invasión musulmana determinará que la formación del derecho quede abandonada a la iniciativa de la propia comunidad, lo que le imprime una fuerte dosis de localismo individualista. (Fernández, 2012) 

Quinto período: derecho común
   Una quinta fase la constituye el largo período que discurre entre los siglos XIII y XVIII. Sus elementos característicos son: la inicial tendencia a la superación del localismo jurídico y la recepción de un nuevo derecho de origen romano-canónico que, difundidos por Europa como "Derecho común", penetra en España desde el siglo XII. (Fernández, 2012)

Sexto período: constitucionalismo y codificación 
   Por último, el siglo XIX se inicia con un proceso revolucionario cuyos fundamentos encontraremos ya en el siglo anterior. Es el siglo de la difusión por España de las corrientes jurídicas europeas y, sobre todo, es el siglo del constitucionalismo y la codificación, que nos introduce en el sistema jurídico vigente. (Fernández, 2012)


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